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3.- ¿COMO PUEDE UN RESTAURANTE COBRARME LA SGAE?


Un restaurante, por definición, no tiene entre sus servicios la potestad de cobrar el canon de la SGAE, por lo cual, no puede emitir factura con ese concepto, y lógicamente, el cliente no ha de pagar ningún servicio que no quede reflejado en la factura; es decir: un restaurante, solo puede facturar servicios de gastronomia y alquiler de sus instalaciones, con lo que para cobrarte el canon de la SGAE, lo han de incrementar en el precio del cubierto, pero no lo pueden detallar en la factura, ya que como hemos dicho, no es un servicio que un restaurante puede declarar (fiscalmente).

Algunos restaurantes para no encarecer los precios de sus menús lo intentan cobrar aparte, pero no pueden (legalmente) incluirlo en factura, en ese caso debes pedir que la factura sea emitida por la SGAE (que es a quien realmente pagas el canon) con tus datos (como cliente y pagador real), solo entonces puede el restaurante darle tus datos a la SGAE para que emita la factura, y  aunque no seas socio de la Sgae, ellos pueden emitir factura de ese servicio del que presuntamente disfrutarías; me explico: esto es como cuando vas a ver un partido de futbol al campo pero no eres socio del club, compras la entrada para el partido que quieres ver ; y no por toda la temporada; de ese modo cumples con el canon y el restaurante tampoco tiene problema alguno, ya que nadie puede reclamarle nada por ese evento al quedar saldado por el usuario.

Eso si, es muy importante que no pagues nada hasta que recibas la factura, y asegurate que va a tu nombre y emitida por la SGAE, ya que de ese modo te aseguras que nadie hace negocio con el dinero que tú vas a destinar a los "derechos de autor".

En todos los años que llevamos en este negocio no hemos conseguido ver fisicamente una factura de la SGAE por un evento y sin esa factura tu pago es fiscalmente ilegal.
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